*La Procuraduría Estatal de la Defensa del Trabajo otorga asesoría a trabajadores para ejercer su derecho

Las empresas físicas y morales están obligadas a cumplir con el reparto de utilidades, el cual deberá ser el resultado de los ingresos obtenidos en el año fiscal anterior, informó el secretario del Trabajo de Morelos, Francisco Santillán Arredondo.

El secretario llamó a las empresas con más de un año de antigüedad que conforman el sector privado y que hayan reportado ganancias en su declaración anual, así como aquellas que se hayan fusionado, traspasado o cambiado de nombre o razón social, a cumplir en tiempo y forma con el reparto de utilidades a fin de evitar sanciones.

De acuerdo con la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y con la Ley Federal del Trabajo (LFT), los patrones cuentan con 60 días después de haber presentado la declaración anual de sus impuestos para cumplir con dicha obligación.

Para el caso de personas morales del régimen general, será a más tardar el 30 de mayo y el 29 de junio para las personas físicas del régimen general de las actividades empresariales.

Tienen derecho al reparto de utilidades todos los trabajadores que hayan laborado en una empresa por un mínimo de 60 días durante el ejercicio fiscal 2016, con un porcentaje del diez por ciento en la participación de las utilidades, aunque al momento del pago ya no laboren en ella.

Ante cualquier duda, los trabajadores podrán acudir para ser orientados a la Procuraduría Estatal de la Defensa del Trabajo, ubicada en la calle Francisco Leyva, número cinco, en la colonia Centro de Cuernavaca.

Santillán Arredondo agregó que el reparto de utilidades es un derecho constitucional de los trabajadores, por lo que su cumplimiento será vigilado a través de la Dirección de Inspección del Trabajo como una acción del Gobierno del Estado para asesorar, informar y exhortar a las empresas a cumplir con sus obligaciones.

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