El PRD Morelos y la Dirección Nacional de Diversidad Sexual (DNDS) reafirmaron n su compromiso con las causas y demandas de las poblaciones LGBTTTI, por lo que manifiestan su total respaldo a toda iniciativa de ley encaminada a lograr el reconocimiento jurídico de la identidad de género de las personas trans en esta entidad y la República Mexicana.

Así lo indicaron la diputada Rosalinda Rodríguez Tinoco, coordinadora de la Fracción Parlamentaria del Sol Azteca en la LIV Legislatura, y Antonio Medina Trejo, titular de la Dirección Nacional de Diversidad Sexual del PRD, luego de que la iniciativa en la materia fue sacada del orden del día en la sesión del Congreso local.

La fracción parlamentaria del PRD en esta LIV Legislatura, apoya los derechos universales sin embargo, en el dictamen elaborado por la Comisión de Atención a la Diversidad Sexual, que se presentó en la sesión ordinaria del día 30 de junio, contiene diversos errores que llevaron a que en votación nominal con mayoría de los diputados de Morena y el Partido Encuentro Social, se retire de la orden de día, sin que implique que haya sido desechada.

Estamos seguros que una vez superados estos problemas técnicos podremos impulsar y aprobar las reformas sustantivas y adjetivas para garantizar el ejercicio pleno de derechos para toda la ciudadanía, sin importar orientación sexual o identidad de género, hecho alentador de respeto a los derechos humanos y sus garantías de un sector poblacional históricamente discriminado y excluido, y que el PRD como una fuerza política vanguardista, ha impulsado de manera unilateral en la consolidación de una sociedad respetuosa de sus diferencias y en la exigibilidad de las libertades, señalaron.

En el PRD Morelos y en la DNDS estamos por el impulso, análisis y votación favorable de toda iniciativa favorecedora de los derechos humanos, y reiteramos nuestro compromiso en hacer valer principios, documentos básicos y estatutos del PRD que en materia de diversidad sexual claramente plantean la reivindicación de la ciudadanía de las poblaciones LGBTTTI, protegidas constitucional y convencionalmente en el derecho a la identidad, expresión de género, diversidad sexual y el derecho al libre desarrollo de la personalidad.

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