Juan Daniel Porcayo González

Licenciado en Derecho con Mención Honorifica por la Universidad Privada del Estado de Morelos. Abogado Postulante en materia penal y amparo en la Firma Legal Código Quattro

En días recientes, se difundió por diversos medios de comunicación la presentación de la “ley quemón” en el Pleno del Congreso del Estado de Morelos,  la cual, tiene por objeto,  crear en nuestra entidad dos tipos de registros: el primero lo sería, el Registro Estatal de Deudores Alimentarios y el segundo, el Registro Estatal de Agresores Sexuales conforme a los cuales, se prevendrá la violencia en contra de la mujer y menores de edad, puesto que, todo ciudadano podrá consultar dicha base datos y así evitar darle empleo a las personas condenadas por dichos hechos o, en su caso, evitar que puedan acceder a cargos de elección popular.

Al tenor de dicha propuesta, consideramos que la misma, lejos de representar una medida de prevención de delito, constituye más bien una iniciativa que tiende a vulnerar de manera notoria, diversos derechos humanos y fundamentales de los ciudadanos, ya que, primero se exhibe al sujeto y luego se le niegan derechos.

Entendemos como cualquier otro ciudadano, que este tipo de conductas no deben quedar impunes y por supuesto, es un ideal que apoyamos, pues se debe aplicar todo el rigor de la ley a quien resulte responsable por la comisión de dichos hechos delictivos –tanto el incumplimiento a las obligaciones alimentarias como el abuso sexual, violación entre otros, se encuentran regulados en nuestro Código Penal del Estado de Morelos- empero, otra cosa muy distinta es que al condenado, pese a haber compurgado la pena o encontrarse compurgando la misma, se le exhiba ante la sociedad y lo peor, se le impida acceder a un puesto laboral, ya que, en esas condiciones la interrogante sería ¿Dónde está la reinserción social?

Es cierto, la presunción de inocencia perdura hasta en tanto recaiga una sentencia condenatoria, pero dicho hecho no significa que, en lo subsecuente, se puedan abrir puertas encaminadas a la vulneración de otros derechos.

La reinserción social debe entenderse como un conjunto de derechos y criterios de justicia penitenciaria, fundados en los derechos humanos del sentenciado, en el trabajo, la capacitación para el mismo, la educación, la salud y el deporte, luego entonces, bajo la óptica que plantea la denominada “ley quemón” de nada serviría que uno de los ejes de la reinserción social lo sea el trabajo y la capacitación del trabajo, sí al cabo del cumplimiento de su pena, con dicho registro, el condenado no podrá acceder a otro empleo.

Ahora bien, no se debe perder de vista que el propósito de estos registros, no solo es exhibir al condenado frente a la sociedad, sino lo más importante, impedir el ejercicio de un empleo, lo que obviamente transgrede su derecho a la dignidad, a la no discriminación, al libre desarrollo de la personalidad y por supuesto, a la propia libertad laboral, mismos que, en su conjunto se encuentran reconocidos en diversos tratados internacionales suscritos y ratificados por el Estado Mexicano.

Insistimos en que, como ciudadanos, buscamos y clamamos justicia en contra de quienes perpetren dichos hechos delictivos, pero lo que no concordamos es que, la ley que pueda emanar del ámbito legislativo se llegue a aplicar en su caso, en contravención de los diversos derechos humanos y fundamentales reconocidos en nuestro sistema jurídico.

En suma, la “ley quemón” lejos de prevenir el delito, ocasionaría diversas secuelas en la esfera jurídica de los gobernados. Si lo que se busca es la prevención, deberían ponderarse otras formas para que, además de inhibir la comisión de hechos delictivos, no se vulneren derechos fundamentales de otros.

Toda ley, necesariamente debe justificar en la exposición de motivos la necesidad de su implementación y por otra, el hecho de contar con argumentos jurídicamente relevantes para prevenir o disuadir una situación determinada, de lo contrario, dicha ley se vuelve esperanzadora en lo subjetivo, pero inoperante en lo objetivo.

Estimado lector, le saludo a distancia.

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