Rumbo al registro de pre-candidatos y candidatos a cargos de elección popular en Morelos, la diputada Alejandra Flores Espinoza llamó a los 36 ayuntamientos a que cumplan con lo que marca la Ley en la expedición de las constancias de residencia a los aspirantes a un puesto de elección popular se realice apegada a derecho, a fin de salva guardar los derechos políticos de los ciudadanos de Morelos.

«Hago un exhorto a todos y cada uno de los ayuntamientos del estado de Morelos para que dentro del marco de su competencia y normativa, se expidan las constancias de residencia y estás cumplan con la exigencia contemplada en la Ley Orgánica Municipal del Estado, a fin de salvaguardar los derechos de las y los ciudadanos del estado de Morelos», manifestó.

La legisladora del Movimienro de Regeneración Nacional (MORENA) por el I Distrito en Cuernavaca recordó que el pasado 02 de enero iniciaron las precampañas y en febrero próximo el registro de los candidatos que participarán en los comicios para la renovación de los 36 gobiernos municipales y del Congreso del estado.

En esta etapa del actual proceso electoral, sostuvo, los ayuntamientos tendrán una gran responsabilidad, que es vigilar que cada uno de los aspirantes a una candidatura cumplan con los requisitos señalados por el artículo 7 Bis de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Morelos para la obtención de su constancia de residencia.

La diputada Alejandra Flores Espinoza afirmó que las autoridades municipales tienen la obligación legal de denunciar ante la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción (FECC) cualquier violación a la ley en la que incurran los ciudadanos promoventes a un puesto de elección popular para acceder a una constancia de residencia.

Por ello, anunció que desde el Congreso del Estado se dará seguimiento al trabajo que realicen los ayuntamientos en la expedición de constancias de residencia.

«Para el seguimiento y atención, comenzaremos en la capital del estado, solicitando en próximos días, a través de los medios legales correspondientes el número de constancias emitidas para los efectos  del artículo 184 fracción IV del Código de Instituciones y Procedimientos Electorales para es Estado de Morelos», apuntó.

De acuerdo con la normatividad señalada por la diputada, la solicitud de registro de los candidatos ante el Instituto Morelensede Procesos Electorales y Participación Ciudadana (Impepac), «deberá elaborarse en el formato que expida el Consejo Estatal, debidamente firmada por el candidato propuesto e ir acompañada de los siguientes documentos:

I. Declaración, bajo protesta de decir verdad, de aceptación de la candidatura y que cumple con los requisitos de elegibilidad;

II. Copia certificada del acta de nacimiento del candidato expedida por el Registro Civil;

III. Copia de la credencial para votar con fotografía;

IV. Constancia de residencia que precise la antigüedad, expedida por la autoridad competente;

V. Tres fotografías tamaño infantil, y

VI. Currículum vitae.

La expedición de los documentos de las fracciones II y IV de este artículo serán gratuitas, las autoridades estatales y municipales competentes observarán esta disposición y darán facilidades al ciudadano en el trámite de estas solicitudes.

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