Francisco Hurtado Delgado
El Senado de la República y el Congreso de la Unión han aprobado la Revocación de Mandato, no obstante que es una figura de participación ciudadana, surge la siguiente interrogante: ¿La ciudadanía conocerá el significado y sus alcances políticos de la revocación de mandato, para contar con mejores gobernantes?
La revocación de mandato permite a los ciudadanos, a través de una elección, decidir si un gobernante debe o no continuar su periodo de mandato. En este sentido sería una facultad del Instituto Nacional Electoral (INE) realizar este ejercicio democrático a petición de la ciudadanía. De acuerdo con el Manual de Democracia Directa del Institute for Democracy and Electoral Assistance (IDEA), existen dos tipos de revocación de mandato: la completa y la mixta. La primera consiste en la participación popular tanto para convocar como para aprobar la revocación de mandato. El tipo mixto requiere que la convocatoria emane de un parlamento y su aprobación dependa del voto popular a través de un refrendo, en nuestro caso se adoptó por esta última.
Para esclarecer el tema planteo el siguiente caso hipotético: sí se ejerciera este mecanismo para el cargo del Presidente actual de México, durante los 15 días después de cumplir los primeros 3 años de mandato, se puede hacer la solicitud ante el INE quien es la autoridad facultada, solo sería válida si está acción estuviera abalada por las firmas del 3% de los ciudadanos inscritos en la lista nominal de electores, es decir, aproximadamente 2.7 millones de personas; además deberá provenir de 17 entidades federativas del país. Posteriormente el INE tendría solo 20 días, en caso de que procediera, para emitir la convocatoria y se estimaría que, en marzo de 2022, se realizaría esta elección para determinar si continúa o no en su mandato.
En ese tenor de ideas, para que la revocación de mandato proceda, deberá de contar con la participación aproximada de 36 millones de ciudadanos (40% de la lista nominal) y en caso de que sucediera la revocación de mandato, la misma autoridad administrativa tendría que convocar a una elección extraordinaria para elegir a la persona que cumpliría con el resto del periodo mandatado de 6 años.
Esta herramienta de participación ciudadana tiene una historia que se remonta a la antigua democracia ateniense y además es fundamental para una democracia, razón que es importante señalar, por una parte, que es una llamada de atención a las autoridades en funciones votadas por el sufragio popular, para cumplir cabalmente con su mandato constitucional y promesas de campaña y por otra, a la ciudadanía, para que asuma esta oportunidad con seriedad, consciente y con absoluta responsabilidad.
La mesa ya está puesta y ahora solo restará probar su efectividad y eficacia, para contar con mejores gobernantes.