*Solo Oaxaca, Estado de México y Veracruz lo tenían en su legislación

“Las mujeres de Morelos debemos sentirnos muy contentas porque al agregarse al código penal el delito de violencia política por condición de género se dará un paso más, pero muy importante, en la lucha en contra de la violencia que padecen las mujeres en Morelos”, aseguró la Diputada Tania Valentina Rodríguez Ruíz, Coordinadora del Partido del Trabajo en el Congreso de Morelos.

Al término de la reunión de trabajo de la Comisión de Puntos Constitucionales y Legislación, en la que se dio tramite a cinco dictámenes referentes a las observaciones que formuló el titular del Poder Ejecutivo, la Diputada Tania Valentina destacó que el de violencia política por condición de género es el más relevante, pues francamente el Gobernador del Estado se opuso a esta nueva legislación y formuló 5 observaciones para desvirtuar el texto, más la Comisión de forma respetuosa pero firme, rechazó las 5 observaciones.

Ahora lo que sigue, es turnar al Pleno el dictamen, y si por mayoría calificada se ratifica el Gobernador deberá proceder a publicarlo tal como señala el artículo 49 de nuestra Constitución.

Este sería el nuevo texto que aplicaría en nuestro Código Penal:

“Artículo 213 Sextus.- Comete el delito de violencia política por motivo de género, quien por sí o a través de terceros, hostigue, acose, coaccione o amenace a una o varias mujeres o a cualquier miembro de su familia, con el objeto de menoscabar, restringir, obstaculizar, condicionar, suspender o nulificar el reconocimiento, goce o ejercicio de sus derechos políticos, el ejercicio de su cargo o funciones públicas en el ámbito en el que las ejerza.” La pena será de 1 a 7 años de prisión y multa de 100 a 1000 unidades de la medida de actualización, que actualmente equivale cada una a 84 pesos.

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