Francisco Hurtado Delgado

“Los límites de mi lenguaje son los límites de mi mundo” Wittgenstein, con frecuencia usamos frases trilladas en nuestro quehacer diario sin percatarnos de su significado, por ejemplo: los conceptos relativos a los derechos humanos y los derechos fundamentales, muy usadas por políticos, abogados, ciudadanos, etcétera, pero, me parece muy importante que conozcamos las diferencias. Pero antes de continuar con el tema vale la pena preguntarse ¿Sabes cuándo usar cada una de ellas?

Coincido con Miguel Carbonell, en citar que “los Derechos Fundamentales son Derechos Humanos constitucionalizados”; por la razón que antes de existir un derecho fundamental debe estar consolidado el derecho humano que se establece con una normatividad en una constitución, solo y exclusivamente para aplicarlo en un territorio nacional.

Los derechos humanos son prácticamente de carácter universal, es decir que protegen a todos los individuos, razón por la que no dependen de los Estados y rebasa toda frontera que alcance. Internacionalmente van más allá de lo dispuesto en la constitución o las leyes de un país, es por ello que son de acatamiento obligatorio.

Por otra parte, los derechos fundamentales son las garantías que aplican solamente a la ciudadanía o residentes de un determinado espacio, en otras palabras que solo aplica en un territorio nacional y sus disposiciones y observancias dependen del Estado.

Como ejemplo de un derecho humano, podría citar el derecho a las garantías de toda persona desde que nace, porque se adquieren de manera natural; sin embargo, el derecho de asociación solo se puede conceder en algunos lugares, porque así lo disponga la constitución del territorio a efecto que estos derechos originan mecanismos para mantener la paz y convivencia social.

Aterrizando las diferencias antes citadas, adecuándolas y preparándonos en un contexto electoral, un derecho humano es el derecho político electoral, es decir que tiene derecho a participar en elecciones populares, pero ojo, no todos pueden hacerlo, al menos en México hasta tener los dieciocho años cumplidos, el cual este último sería su derecho fundamental con base a lo que establece la carta magna de nuestro país.

En el siguiente proceso electoral, en el cual elegiremos en quince estados gubernaturas y en las treinta y dos entidades, elecciones locales, además de las quinientas curules federales; muchas y muchos jóvenes tendrán el derecho humano y fundamental de acudir a las urnas a depositar su voto; es por ello, que con cultura cívica hagamos de ello una celebración democrática con responsabilidad, con voto razonado e informado para elegir a l@s mejores gobernantes que urge tenerlos ya en la conducción de la administración pública y que lo hagan con eficiencia y eficacia, pero sobre todo, con ética profesional.

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