Nueva Ley Inmobiliaria en Morelos, ¿Regulación o una nueva carga para el sector?

El sector inmobiliario vivió una primera sacudida en enero de este año, con la aprobación del impuesto cedular del 3% sobre la ganancia por venta de inmuebles en Morelos, lo que representó una nueva carga fiscal que se sumó a las obligaciones ya existentes y que convirtió al patrimonio inmobiliario en una fuente adicional de recaudación para el Estado.

Pero aquella fue apenas la primera señal…

Ahora, el sector inmobiliario morelense enfrenta una nueva sacudida que va mucho más allá de un impuesto.

La nueva Ley de Prestación de Servicios Inmobiliarios establece reglas, obligaciones, requisitos, registro, licencia y capacitación para quienes participan profesionalmente en esta actividad.

Presentada bajo el argumento de ordenar, regular y profesionalizar un mercado que durante años ha operado con escasa regulación, la nueva legislación plantea una pregunta que no puede quedar fuera del debate:

¿Cuánto le costará realmente al sector cumplir con esta nueva regulación y quién terminará pagando esa factura?

Porque regular una actividad puede ser necesario, si, profesionalizarla también, suena muy bien, el problema aparece cuando, bajo la bandera del orden y la certeza jurídica, se construye un esquema que incrementa obligaciones y costos para quienes trabajan en el sector, sin que resulte igualmente claro qué beneficios concretos recibirán a cambio los profesionales, los propietarios y, finalmente, los consumidores.

Después del nuevo impuesto sobre las ganancias inmobiliarias, Morelos vuelve a poner al sector bajo la lupa. Esta vez, no solamente desde el punto de vista fiscal, sino también económico y operativo.

Y es precisamente ahí donde esta nueva ley merece ser revisada a fondo.

¿Qué establece la nueva Ley?

Entre sus principales disposiciones se encuentran:

– Registro y licencia obligatorios para quienes presten servicios inmobiliarios, con vigencia de dos años.
– Capacitación y actualización como requisito para renovar la licencia.
– Mayores obligaciones de transparencia, incluyendo informar sobre gravámenes, vicios y situación jurídica o ejidal de los inmuebles.
– Derecho del cliente a consultar previamente a un notario o abogado antes de firmar.
– Restricciones para operaciones con terrenos ejidales irregulares.
– Verificación notarial, es decir, el notario deberá comprobar que el intermediario cuente con registro y licencia vigente.

Los primeros plazos…

La Ley establece un plazo de 45 días para que los prestadores de servicios inmobiliarios comprendidos en ella soliciten su inscripción y licencia.

La Secretaría de Gobierno tendrá 60 días para crear el Padrón Estatal y 90 días para instalar el Consejo Estatal de Personas Prestadoras de Servicios Inmobiliarios.

Con ello, la actividad inmobiliaria en Morelos entra formalmente en una nueva etapa de regulación, registro, capacitación y vigilancia.

El punto es la proporcionalidad…

Regular y profesionalizar la actividad inmobiliaria puede ser necesario, el punto no es cuestionar la regulación por sí misma, sino su proporcionalidad.

La nueva Ley impone al sector obligaciones, registros, licencias, capacitación y renovaciones periódicas, y frente a ello, resulta legítimo preguntar qué beneficios concretos, servicios o mecanismos de protección aporta el Estado a quienes deberán asumir esas nuevas cargas.

La propia legislación señala que su implementación no representará un impacto presupuestario adicional para las dependencias públicas, al no contemplar la creación de nuevas estructuras administrativas.

La pregunta entonces resulta inevitable:

Si para el gobierno la implementación de esta regulación no representa una carga presupuestal adicional, pero para quienes ejercen la actividad sí representa nuevas obligaciones y costos, ¿dónde está el equilibrio?

Porque profesionalizar no debería significar simplemente pagar más, cumplir más y tramitar más.

Una licencia que deberá renovarse cada dos años

Uno de los puntos que merece especial atención es la vigencia de la licencia.

La Ley establece su renovación cada dos años, acompañada de requisitos de capacitación y actualización.

La capacitación continua puede ser razonable, la actualización profesional también, pero surge una pregunta que merece una respuesta…

Si una persona ya acreditó su capacidad para ejercer y obtuvo una licencia, y además cuenta con años de experiencia ¿por qué debe volver a obtener autorización para continuar trabajando dos años después?

No se trata de cuestionar la preparación permanente de los profesionales, sino de distinguir entre actualizar conocimientos y renovar periódicamente la autorización para ejercer una actividad económica.

La diferencia no es menor…

Más regulación en un Estado que necesita más oportunidades, entonces el debate adquiere otra dimensión cuando se observa el contexto económico de Morelos.

En un estado donde las oportunidades de empleo formal son limitadas y donde miles de personas encuentran en el trabajo independiente una alternativa para generar ingresos, cualquier nueva barrera de entrada o permanencia en una actividad económica debería ser analizada con especial cuidado.

El sector inmobiliario no está integrado únicamente por grandes empresas, también participan pequeños despachos, asesores independientes, corredores y personas que han encontrado en esta actividad una forma de generar su propio empleo.

Para ellos, una nueva licencia, un registro, capacitación obligatoria y renovaciones periódicas no son solamente requisitos administrativos, representan tiempo, dinero y condiciones adicionales para poder continuar ejerciendo.

Y el efecto puede terminar trasladándose al mercado…entonces,volvemos al punto
¿Regular para profesionalizar o para recaudar?

Este año el sector ya recibió el impacto del impuesto cedular del 3% sobre las ganancias inmobiliarias, aunque ese gravamen recae directamente sobre el propietario, sus efectos alcanzan al mercado: mayores costos fiscales pueden incorporarse al precio de las operaciones y afectar la dinámica de compraventa.

Ahora se agrega una regulación que incide directamente sobre quienes participan profesionalmente en ese mercado.

No son la misma medida ni tienen la misma naturaleza, pero juntas forman parte de un escenario que merece ser observado: carga fiscal sobre las operaciones y más obligaciones sobre quienes participan en ellas.

Por eso la discusión no debería reducirse a estar a favor o en contra de regular.

La verdadera pregunta es otra:

¿La nueva Ley está diseñada para fortalecer al sector inmobiliario y generar un mercado más profesional, seguro y transparente, o representa un nuevo paso hacia una política de mayor control y recaudación sobre quienes trabajan por cuenta propia?

Si el objetivo es fortalecer la economía de Morelos, también habría que preguntarse qué está haciendo el gobierno para que quienes generan su propio empleo puedan crecer, invertir y trabajar con mayor libertad y seguridad.

Profesionalizar sí.

Regular, también.

Pero regular no debería convertirse simplemente en pagar más, tramitar más y demostrar periódicamente que se tiene derecho a seguir trabajando.

La regulación puede ser necesaria. Lo que no debería perderse de vista es algo mucho más sencillo:

la proporcionalidad entre lo que se exige y lo que realmente se ofrece a cambio.

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